Luego de dos años, el Ministerio de Transporte en conjunto con el Ministerio de Salud, le devuelven al profesional Tecnólogo Médico con mención en Oftalmología (TMO) la facultad de emitir certificados para otorgar licencias de conducir.
Cabe mencionar que, el 2020 a través de un documento Gubernamental y sin causas evidentes se le privó al TMO de la facultad de extender certificados en el ámbito de las licencias de conducir, hecho que alertó al gremio y dispuso al Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, a través de su Departamento de Oftalmología y Optometría en conjunto con su asesor jurídico a realizar diversas acciones para revertir un hecho que consideraron totalmente arbitrario e injusto.
Luego de una serie de gestiones, el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones emitió una circular en la cual se informa que: se restituye la facultad a los tecnólogos médicos para firmar ficha oftalmológica a presentar en gabinetes sicotécnicos en los casos que se indica.
Ante este nuevo escenario, El TM Eduardo Urrea, Director del Departamento de Oftalmología y Optometría del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile, manifestó su gratitud hacia todos los colegas que de alguna forma manifestaron su malestar y descontento con a la Autoridad. Y valoró la iniciativa debido a que es una forma de facilitar a las personas el acceso a un certificado de diagnóstico para el cual los TMO están profesional y legalmente facultados. TMO VUELVEN A EMITIR CERTIFICADOS PARA LICENCIAS DE CONDUCIR
La Circular n°333, con fecha 2 de junio de 2022 señala:
Debido a la existencia de patologías que pueden ser diagnosticadas con Exámenes básicos, los cuales pueden ser derivados a una consulta optométrica, por lo que él(la) Tecnólogo(a) Médico(a) con mención en Oftalmología, quien podrá prescribir, adaptar y verificar lentes ópticos, prescribir y administrar los fármacos del área oftalmológica de aplicación tópica que sean precisos, y controlar las ayudas técnicas destinadas a corregir vicios de refracción.
Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda. En estos casos, siempre y cuando no exista alguna anomalía que deba derivarse a un(a) médico oftalmólogo(a), el(la)
Tecnólogo(a) Médico(a) con mención en Oftalmología puede acreditar al paciente para que se presente con su “Anexo 3” al Gabinete Municipal correspondiente.
TMO VUELVEN A EMITIR CERTIFICADOS PARA LICENCIAS DE CONDUCIR
Te dejamos aquí los documentos para descargar.