Tras dos fallos particulares en los que dictó inaplicabilidad, el tribunal ahora busca resolver en general.
A su juicio, la norma del Código Sanitario "no entrega elementos de razonabilidad" para fundar el veto.
El Tribunal Constitucional (TC) inició por oficio un proceso para declarar inconstitucional la norma del Código Sanitario que prohíbe la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos con mención en oftalmología al interior de establecimientos de óptica, según informa La Tercera.
Dentro del artículo 126, inciso segundo, del cuerpo legal se determina que los "establecimientos de ópticas podrán abrir locales destinados a la recepción y al despacho de recetas emitidas por profesionales en que se prescriban lentes, bajo la responsabilidad técnica de la óptica pertinente. En ninguno de estos establecimientos estará permitida la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos".
A juicio del tribunal, es esa última parte la que pasa a llevar el artículo 19 de la Constitución, que establece que "ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias", pues "no entrega elementos de razonabilidad para fundar la prohibición prescrita en el precepto legal", según el TC.